Las coberturas más habituales son:
1) Hurto + Incendio + adicionales para el Contenido
2) Incendio + adicionales para el Edificio.
Cubre el hurto total o parcial, mediante violencia en la finca o en las personas, o escalamiento, de los objetos que integran el contenido de la vivienda (no objetos personales).
Cubre daños por fuego, rayo aunque no haya fuego, por el agua arrojada para apagarlo, explosión de artefactos domésticos, huracanes, caída de aviones o embestida de vehículos, humo (no de estufas a leña), tumultos, maliciosos, etc.
Se entiende por contenido el conjunto de todos los objetos que se encuentran dentro de una finca y que son "movibles" (electrodomésticos, adornos, ropa, muebles, etc.) No se aseguran ni dinero en efectivo, ni valores. Y para alhajas se requieren condiciones especiales.
Se considera al inmueble (excepto terreno y cimientos) y sus elementos fijos (excepto muros perimetrales, pérgolas, etc.) y las construcciones anexas que estén declaradas.
Para asegurar hurto, una vivienda debe tener condiciones de seguridad aceptables para las aseguradoras.
Se debe inspeccionar en cada caso.
Siempre se exige cerradura de doble paleta en todas las salidas de la casa.
El resto de las aberturas debe tener protección suficiente dependiendo de su acceso (en general rejas de 16 mm).
En caso de insuficiencia de las seguridades, las aseguradoras exigen la instalación de una alarma a su satisfacción.
Difieren según la zona o ciudad en que se encuentren.
Según se trate de viviendas en PB o en pisos altos.
También si se trata de viviendas permanentes o temporarias.
Seguros Paquete: si bien se pueden contratar independientemente el seguro del contenido y el del edificio, en general se toman conjuntamente obteniéndose beneficios en los costos.
Seguros a Prorrata: Al asegurar se debe establecer un valor que represente el valor de todo el contenido de la vivienda.
El valor se puede estimar de una de estas formas:
Todo a valor real (valor usado) o unos objetos a valor real y otros a valor de reposición.
Seguros a Primer Riesgo: en este caso no se toma el valor total del contenido de la vivienda, sino el valor de lo que está "primero en riesgo de hurto" (de ahí su nombre).
Así en una vivienda con contenido valor U$S 30.000.- el primer riesgo (aparatos, ropa, etc.) puede sumar U$S 12.000.-
Se toma el seguro de incendio por el valor total, pero el de hurto solamente por U$S 12.000.